El Ayuntamiento concede 21 ayudas para empresas de nueva creación constituidas en el primer semestre de 2015 y alcanza ya las 238
- 21 de Octubre del 2015
El concejal de Desarrollo Económico, Javier Muñoz, ha destacado el perfil de estos emprendedores, en su mayoría del sector comercio, y ha destacado "la apuesta municipal por el empleo tanto de la mano de la contratación, directa e indirecta, como de la inversión o con el fomento del autoempleo con recursos como el semillero de proyectos, naves nido o ayudas como las aprobadas hoy".
Desde que se pusiera en marcha esta línea se han otorgado 238 ayudas y el concejal ha confirmado que en la comisión se ha acordado realizar un seguimiento de la implantación en el tiempo de las mismas con "el objetivo de conocer qué ocurre en los años siguientes a su creación y sí se pueden mejorar las bases de una línea que funciona y que mantendremos en próximos presupuestos".
El concejal de Hacienda, Javier Muñoz, ha dado cuenta tras la comisión de hoy de la resolución de la línea de ayudas para microempresas constituidas en el primer semestre del año. Esta convocatoria permite cubrir gastos de alquiler e inversión de los emprendedores en el arranque de su actividad y fomentar, de esta forma, el autoempleo con ayudas que se mueven entre los 1.000 y los 2.000 euros.
Muñoz ha apuntado que, al margen de competencias, "el empleo ha sido para nosotros una prioridad y lo ha sido desde distintas vertientes, tanto directo, con mantenimiento y contratación, como indirecto con un alto volumen inversor".
Dentro de este objetivo se enmarcan también las distintas líneas relacionadas con el tejido empresarial como las ayudas aprobadas hoy o las orientadas a los gastos de financiación, semillero de proyectos, naves nido o vivero.
En la comisión de hoy se han aprobado 21 ayudas para microempresas con un presupuesto total de 38.031 euros. La diferencia hasta los 40.000 euros de esta primera convocatoria se destinará a ampliar la segunda si fuera necesario.
El perfil de estas empresas se centra fundamentalmente en firmas del sector comercio, con cuatro relacionados con alimentación, dos de textil, dos de peluquería y belleza, tres de fisioterapia y deportes, cuatro de servicios como academias o informática, dos de hostelería y uno de talleres.
Con estas 21 ayudas se contribuye a la creación de 27 empleos y fomentan el inicio empresarial de 14 nuevos emprendedores, nueve de ellos menores de 35 años, fomentando también la ubicación en el casco histórico, como un baremo que puntúa, con ocho del total de nuevos negocios localizados esta área.
Javier Muñoz ha confirmado la buena respuesta a estas ayudas y explicado que "nuestra intención es mantenerlas y se incluirán en el presupuesto municipal".
Por otro lado, ha añadido que en la comisión de Hacienda "hemos acordado poder realizar un pequeño seguimiento de la viabilidad de las empresas y su grado de supervivencia para conocer cómo es su implantación una vez que se constituyen. Estos datos nos pueden servir para mejorar las bases de la convocatoria",
Las ayudas se dividen en dos convocatorias a las que se pueden presentar las empresas en función de su fecha de constitución. En esta ocasión, se ha dado el visto bueno a las abiertas entre el 31 de enero y el 30 de junio. Ahora se mantiene abierto el plazo para las empresas constituidas en el segundo
EVOLUCIÓN
2010 34 empresas 51 empleos 58.781 euros
2011 34 empresas 51 empleos 60.000 euros
2012 43 empresas 43 empleos 53.009 euros
2013 52 empresas 82 empleos 82.861 euros
2014 54 empresas 66 empleos 94.095 euros
2015 21 empresas 27 empleos 38.031 euros (1ª convocatoria)
TOTAL 238 AYUDAS 320 empleos 387.289 euros
El objeto de las Bases es regular las condiciones y procedimientos para la concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Soria, destinadas a financiar las inversiones y/o los costes de alquiler de local de las microempresas que inicien una actividad empresarial o profesional, y se instalen en el término municipal.
Las bases se mantendrán con lo que:
1. Las empresas beneficiarias serán nuevas iniciativas:
El/Los titular/es de la empresa no habrán ejercido por cuenta propia la actividad económica objeto de solicitud, ya sea de forma individual o en forma societaria, en los últimos 3 años antes de la fecha de puesta en marcha de la actividad solicitada.
- Las empresas serán de nueva creación, no se admite ampliación de actividades de las ya existentes, ni la apertura de Delegaciones de igual o similar actividad de empresas existentes, ni la transformación jurídica de la empresa.
2. Quedan excluidos, para el caso de solicitar la ayuda en concepto de alquiler, los arrendamientos en los cuáles el arrendador tenga relación de parentesco hasta 2º grado con el arrendatario, y en el caso de ser sociedades, la restricción se extiende a cualquier socio, tanto en posición arrendadora como arrendataria. Así mismo, en el caso de solicitar la ayuda en concepto de alquiler, quedan excluidas las empresas que ocupen el vivero de empresas.
3. La misma exclusión por grado de parentesco procederá en el caso de solicitar la ayuda en concepto de inversión.
4. La empresa puesta en marcha conllevará la creación de empleo, mínimo:
- Un nuevo autónomo afecto a la actividad, y que no haya sido autónomo en 1 mes anterior al alta.
- Y/o la contratación laboral en jornada completa de una persona.
- Será requisito imprescindible, tanto para la línea de alquiler como para la de inversión tener un inmueble afecto a la actividad. Dicho inmueble (oficina, bajo, local, etc) donde se realice la actividad debe estar ubicado en el término municipal de Soria y tendrá entidad independiente, no pudiendo ser parte de una vivienda familiar, o espacio compartido con otra empresa preexistente.
6. Se considera microempresa, a efectos de estas bases aquellas con menos de 10 trabajadores en la misma actividad para la que se realiza la solicitud.
7. Se deberá mantener la actividad durante un periodo mínimo de 1 año desde el momento del alta en la seguridad social.
Los aspectos subvencionables también se mantienen:
- Inversiones: Entendiendo por tal la compra de inmuebles, mobiliario, maquinaria, etc, realizados para la puesta en marcha del negocio y excluyéndose el material fungible o consumible
- Alquiler: Entendiendo como base subvencionable la cuantía del alquiler de los 3 primeros meses del inicio de la empresa, y antes de los impuestos indirectos (IVA) que graven la operación.
1. El límite máximo de la subvención por empresa será de 2.000 ?, límite que afecta a todas las instalaciones o establecimientos que pudieran disponer para la actividad.
